EL RESPONSABLE
PRESIDENTE
JUAN FUSTER PEIRÓ
Mecánico de vehículos industriales en Volvo (Valencia).
EL OTRO RESPONSABLE
VICEPRESIDENTE
MIGUEL RODRÍGUEZ FONTA
Mecánico de camiones y furgonetas en Iveco (Madrid).
EL DE LOS PAPELES
SECRETARIO
VÍCTOR MOYANO GRACIA
Mecánico de autobuses en Mercedes (Madrid).
EL DE LAS CUENTAS
TESORERO
PEDRO MARTÍNEZ CALVO
Mecánico de autobuses en Alsa (Madrid).
AMESA nace el 1 de octubre de 2022 de la mano de un grupo de antiguos compañeros de trabajo. Venimos fundamentalmente del mantenimiento y reparación de vehículos industriales. Somos una Asociación hecha por mecánicos y por el futuro de los mecánicos, ya seamos autónomos o asalariados. La automoción pasa por momentos de gran incertidumbre, nosotros queremos tener voz en las transformaciones que vienen y aportar el punto de vista de los mecánicos y electricistas.
Con AMESA queremos trasladar al debate público nuestras preocupaciones, nuestras necesidades, y aportar soluciones.
A nuestro favor tenemos una profesión que nos une. Y la fatiga del trabajo, que forja grandes amistades.
Aquí encontrarás toda la información sobre AMESA, Asociación de Automoción, Mecáncios y Electricistas.
(Puedes descargar el folleto de presentación en pdf AQUÍ).
MECÁNICO O ELECTRICISTA DE AUTOMOCIÓN, ASALARIADO O AUTÓNOMO:
INFÓRMATE Y ASÓCIATE
No somos un sindicato, no somos una organización empresarial
Tenemos necesidades y demandas como profesionales del mantenimiento y reparación de vehículos a motor, y más aún en el período de transformación al vehículo eléctrico.
SOMOS cerca de 150.000 mecánicos y electricistas de automoción. Somos 35.000 autónomos. Los demás, estamos repartidos en más de 9 convenios diferentes a nivel nacional. Como se vio en la pandemia, somos una actividad esencial para la movilidad de las personas, el transporte de las mercancías y el buen funcionamiento general de las fábricas y servicios. Pero nuestra atomización nos hace invisibles. Si no reIvindicamos nuestro papel y nuestras necesidades en este momento de transformación al vehículo eléctrico, seguiremos siendo los olvidados de la automoción, donde son los fabricantes los que acaparan todas las atenciones y ayudas. Hace falta INVERSIÓN y FORMACIÓN para modernizar. Necesitamos estar al día en las cuestiones que afectan a nuestra SALUD en el trabajo con atención especial a los cancerígenos. Y por justicia, una JUBILACIÓN anticipada sin penalizar, a los 60 años.
ASÓCIATE PARA QUE JUNTOS HAGAMOS QUE SE OIGAN NUESTRAS DEMANDAS . SON TAN BÁSICAS COMO NECESARIAS
INVERSIÓN
Las ayudas a los talleres, ya sean de atención al público o de mantenimiento de flotas, no aparecen en el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE-VEC). Estas ayudas han de llegar y servir para modernizar y preparar las instalaciones donde realizamos los trabajos de mantenimiento y reparación de los nuevos vehículos.
FORMACIÓN
Pese a que se avecina una transformación gigantesca en nuestra profesión, el PERTE no incluye la formación de los mecánicos y electricistas de automoción. Se deja en manos de las marcas, empresas o a título individual. Necesitamos una formación homologada que unifique criterios y este financiada con los fondos del PERTE-VEC u otros fondos futuros. Que se facilite la acreditación de la experiencia laboral y la promoción y acceso a la titulación de los nuevos profesionales y de los más antiguos.
SALUD
Hay nuevos agentes cancerígenos reconocidos. Dos nos afectan muy directamente: La exposición cutánea a los aceites minerales usados, y que se ha cuantificado la exposición a las emisiones diésel. Pedimos una evaluación de la incidencia de estos cancerígenos en la profesión, así como la de anteriores como el amianto. Y que se estudien los nuevos materiales y sus efectos en la salud. Así poder tomar medidas en consecuencia.
JUBILACIÓN
En 10 años se han duplicado los mecánicos que siguen trabajado pasados los 60 años y llegaremos a los 35.000 en esta década, un 10% del total. Pedimos jubilación anticipada. Porque sabemos que la actividad profesional tiene una elevada carga de penosidad, de toxicidad como hemos visto y en algunos casos de insalubridad. Necesitamos un estudio de los índices de morbilidad y mortalidad centrados en nuestro grupo profesional. Y en lo inmediato, que se facilite el contrato de relevo sin cargo a la empresa a partir de los 60 años.
(Puedes descargar los Estatutos de la asociación en pdf AQUÍ).
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE MECÁNICOS Y ELECTRICISTAS DEL SECTOR DE AUTOMOCIÓN (AMESA)
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Denominación.
Con la denominación de “ASOCIACIÓN DE MECÁNICOS Y ELECTRICISTAS DEL SECTOR DE AUTOMOCIÓN”, (AMESA) se constituye una asociación al
amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y normas complementarias, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro.
En todo cuanto no esté previsto en los presentes Estatutos se aplicará la citada Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y las disposiciones complementarias de desarrollo.
Artículo 2. Duración.
Esta Asociación se constituye por tiempo indefinido.
Artículo 3. Fines.
La Asociación tiene como fines generales: El reconocimiento de la carrera profesional de los mecánicos y electricistas de automoción. La adaptación en igualdad de condiciones de los mecánicos y electricistas de vehículos a motor en el paso al vehículo eléctrico. La mejora de las condiciones de vida y trabajo como grupo profesional.
Y como fines concretos:
1) Que el paso al vehículo eléctrico no discrimine a ningún compañero de profesión por razones de formación, edad u otras que no tengan que ver con el correcto desempeño de su profesión.
2) Fomentar la acreditación laboral entre quienes no tienen formación académica.
3) Promover que todos los trabajadores de este grupo profesional tengan una formación homologada y unificada sobre los vehículos híbridos y eléctricos.
4) Trabajar para que esta formación se considere parte de la inversión necesaria en el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE_VEC) o posteriores planes que en este sentido sean desarrollados por el Gobierno de España.
5) Promover la igualdad en las condiciones económicas y laborales de todos los profesionales de la reparación de vehículos a motor, sean asalariados o autónomos, y al margen del sector económico donde desempeñen sus funciones, ya sea comercio, transporte, metal, en la empresa pública u otras.
6) Extender y hacer visible la demanda de una jubilación anticipada a los 60 años sin penalización. Sobre la base de pedir un estudio concreto y exhaustivo al INE (Instituto Nacional de Estadísticas), al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) y a la futura Agencia Estatal de Salud Pública (AESAP) sobre la morbilidad y mortalidad de nuestro grupo profesional y sus subsectores.
7) Coordinar y poner en común las experiencias y las necesidades de la profesión al margen del sector económico en el que trabajen. Como:
· Informar a los mecánicos de las resoluciones que afecten a la salud en nuestra profesión y que pueden ser causa de enfermedades laborales, como las publicadas en el RD 427/2021 del 15 de junio sobre cancerígenos
· Promover la utilización de los EPIS así como de su actualización a las nuevas realidades.
· La participación activa y reconocida en la formación de nuevos profesionales.
8) Promover y mantener buenas relaciones y compartir experiencias con otros gremios afines a la reparación de vehículos como chapistas, pintores, recambistas o que forman parte del ámbito laboral donde los mecánicos y electricistas de vehículos a motor desarrollamos nuestra labor. Con la ambición de unir esfuerzos ante una realidad común.
9) Tener capacidad representativa y por tanto de negociación ante terceros con el fin de beneficiar a sus asociados y en general a todos los compañeros de profesión.
Artículo 4. Actividades.
Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades:
a) Dar a conocer la existencia y fines de la asociación utilizando todos los medios de difusión de los que se puedan disponer. Los medios digitales como la creación de una página web que sirva para conectar a todos los asociados o un canal de noticias serán prioritarios.
b) La dirección de e-mail como buzón y comunicación oficial será asociacionamesa@gmail.com mientras no se tenga un dominio propio.
c) Hacer reuniones periódicas con todos los mecánicos y electricistas de automoción que quieran y puedan contribuir en el desarrollo y consecución de los fines de la asociación.
d) Hacer llegar, mediante reuniones, las preocupaciones de la profesión a las administraciones estatales, autonómicas y municipales así como a las fuerzas políticas, sindicales y patronales para establecer resoluciones que impliquen a estos organismos en el desarrollo y consecución de los fines de la asociación.
e) Conscientes de las diferentes realidades jurídicas que hay dentro de la profesión y con la intención de que estas diferencias no sean un impedimento para la acción común por un mismo interés profesional, la asociación promoverá la organización de sus miembros, en los sindicatos de clase a los trabajadores por cuenta ajena y en las asociaciones profesionales de su sector si lo son por cuenta propia. Apoyando la negociación colectiva como la forma democrática para resolver los conflictos laborales que puedan surgir.
f) La asociación tiene establecida una reunión anual donde se establecerán las responsabilidades y tareas que contribuyan en la solución de todas aquellas propuestas que sean de interés y preocupación común de sus asociados y cada dos años elegirá su Junta directiva.
g) Se impulsara el reconocimiento del 24 de Febrero como el día internacional del mecánico de automoción. Utilizar esta palanca para la difusión de nuestros problemas y soluciones. Se elige este día por ser el más implantado a nivel mundial, sobre todo en Iberoamérica, con una larga tradición gremial.
Artículo 5. Domicilio social y ámbito
La Asociación establece su domicilio social en Calle Abogado Berni y Catalá, no 48, piso 3o puerta 5, de la ciudad de Valencia, provincia de Valencia, CP.46019 y el ámbito territorial en el que va a realizar principalmente sus actividades es todo el territorio de España.
CAPITULO II
SOCIOS/AS Y COLABORADORES/AS
Artículo 6. Socios.
Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas con capacidad de obrar que tengan interés en el desarrollo de los fines de la Asociación y que desarrollen su labor profesional por cuenta propia o ajena, como mecánicos ajustadores de vehículos a motor según la descripción que de esta ocupación hace el CNO-11 (Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011).
Para ser admitido, el solicitante deberá informar de la empresa, puesto y función que ocupa u ocupó en ella de manera que se pueda demostrar que se cumple con el criterio anterior. No se tendrá en cuenta el sector económico donde trabaje ni la categoría profesional que se tenga.
Será requisito indispensable para entrar en la asociación, estar en activo según los criterios anteriores, estar buscando empleo de esta profesión de una manera activa a través de los cauces oficiales o ser pensionista con una trayectoria demostrable de 10 años en el oficio.
Artículo 7. Clases.
Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de socios/as:
a) Promotores o fundadores, que serán aquellos que participen en el acto de constitución de la Asociación.
b) De número, que serán los que ingresen después de la constitución de la Asociación.
Artículo 8. Baja.
Los socios/as causarán baja por alguna de las causas siguientes:
a) Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva.
b) Por incumplimiento de las obligaciones económicas, si dejara de satisfacer la cantidad de cuotas periódicas que fije la Asamblea General en su primera reunión.
c) Por pasar a ejercer otra profesión o dejar de buscar de manera activa, empleo de mecánico ajustador de vehículos a motor.
d) Por provocar cualquier situación grave que afecte a la imagen y honor de la Asociación o sus miembros. La decisión recaerá en la Junta directiva y podrá ser revocada o no si el afectado solicita la revisión de la decisión por escrito ante la asamblea y es aceptada dicha solicitud por un 10% de esta. En ese caso, la decisión final se tomará en asamblea, por mayoría cualificada.
Artículo 9. Derechos.
Los socios/as promotores y de número tendrán los siguientes derechos:
a) Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.
b) Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener.
c) Participar en las Asambleas con voz y voto.
d) Ser electores y elegibles para los cargos directivos.
e) Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación. f) Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.
Artículo 10. Deberes.
Los socios/as promotores y de número tendrán las siguientes obligaciones:
a) Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Junta Directiva.
b) Abonar las cuotas que se fijen.
c) Asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen.
d) Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.
Artículo 11. Colaboradores
Consecuentemente con los fines establecidos en el punto 8, serán reconocidas como colaboradores, todas aquella personas con capacidad de obrar, que expresen simpatía por los fines de la Asociación y que sin pertenecer al grupo profesional al que va dirigido, sí que forma parte del ámbito laboral donde los mecánicos y electricistas de vehículos a motor desarrollamos nuestra labor.
La solicitud de colaboración deberá de ir acompañada del visto bueno de al menos un socio que respalde el cumplimiento del criterio de colaboración así como su interés y disposición con el buen funcionamiento de la asociación.
Causarán baja por los mismos criterios fijados a los socios en el artículo 22.
Sus derechos serán:
a) Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.
b) Participar en las Asambleas con voz pero sin voto.
c) Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva para el mejor desarrollo del punto 8 de los fines de la Asociación.
Como deberes tendrán:
a) Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Junta Directiva.
b) Abonar las cuotas que se fijen.
CAPITULO III
ASAMBLEA GENERAL
Artículo 12. Naturaleza y composición.
La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación y estará
integrada por todos los asociados.
Artículo 13. Reuniones.
Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebrará una vez al año dentro de los cinco meses siguientes al cierre del ejercicio; las extraordinarias se celebrarán cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio del Presidente/a, cuando la Junta Directiva lo acuerde o cuando lo proponga por escrito una décima parte de los asociados.
Artículo 14. Convocatorias.
Las convocatorias de las Asambleas Generales se realizarán por escrito expresando el lugar, día y hora de la reunión así como el orden del día con expresión concreta de los asuntos a tratar. Entre la convocatoria y el día señalado para la celebración de la Asamblea en primera convocatoria habrán de mediar al menos quince días, pudiendo así mismo hacerse constar si procediera la fecha y hora en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a una hora. Por razones de urgencia debidamente acreditada, podrán reducirse estos plazos.
Artículo 15. Adopción de acuerdos.
Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ella un tercio de los asociados con derecho a voto, y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de asociados con derecho a voto.
Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de las personas presentes o representadas cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los votos nulos, en blanco, ni las abstenciones.
Será necesaria la mayoría cualificada de las personas presentes o representadas, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad de estas, para la:
a) Nombramiento de la junta directiva
b) Acuerdo para constituir una Federación de Asociaciones o integrarse en
ella.
c) Disolución de la entidad.
d) Modificación de Estatutos.
e) Disposición o enajenación de bienes integrantes del inmovilizado.
Para tener derecho a voto, los asociados deberán estar al corriente de las cuotas si estas son fijadas por la primera asamblea, no superando en ningún caso la acumulación de dos recibos pendientes.
Artículo 16. Facultades.
Son facultades de la Asamblea General:
a) El nombramiento o revocación de la Junta Directiva y sus cargos
b) Aprobar, si procede, la gestión de la Junta Directiva.
c) Examinar y aprobar los presupuestos y las cuentas anuales.
d) Elegir a los miembros de la Junta Directiva.e) Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias, si proceden.
f) Aprobar el plan de actividades propuesto por la Junta Directiva o fijar de manera colectiva en Asamblea, uno nuevo si el propuesto es rechazado.
g) Aprobar la disolución de la Asociación.
h) Modificar los Estatutos, incluido el cambio de domicilio social.
i) Disponer o enajenar los bienes.
j) Cualquiera otra que no sea competencia atribuida a otro órgano social.
CAPITULO IV
JUNTA DIRECTIVA
Artículo 17. Composición.
Sólo podrán formar parte de la Junta Directiva los asociados mayores de edad y estén en pleno uso de los derechos civiles.
La Asociación será gestionada y representada por una Junta Directiva formada necesariamente por un Presidente, un vicepresidente y un Secretario o Tesorero. La
Junta Directiva es el órgano de representación que gestiona y representa los intereses de la Asociación de acuerdo con las disposiciones y directivas de la asamblea General.
También podrán formar parte de la Junta Directiva los Vocales que se determinen.
Todos los cargos que componen la Junta Directiva serán gratuitos. Éstos serán designados entre los socios de la asociación y revocados por la Asamblea General y su mandato tendrá una duración de 2 años.
Artículo 18. Reuniones.
La Junta Directiva se reunirá cuantas veces lo determine su Presidente/a y a iniciativa o petición de un tercio de sus miembros de sus miembros. Quedará constituida cuando asista la mitad más uno de sus miembros y para que sus acuerdos sean válidos deberán ser tomados por mayoría de votos. En caso de empate, el voto del Presidente/a será de calidad.
Artículo 19. Facultades.
Las facultades de la Junta Directiva se extenderán, con carácter general, a todos los actos propios de las finalidades de la Asociación, siempre que no requieran, según estos Estatutos, autorización expresa de la Asamblea General.
Son facultades particulares de la Junta Directiva:
a) Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de la Asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos.
b) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
c) Formular y someter a la aprobación de la Asamblea General los balances y
las cuentas anuales.
d) Resolver sobre la admisión de nuevos asociados.
e) Nombrar delegados para alguna determinada actividad de la Asociación.
f) Cualquier otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de la
Asamblea General de socios.
Artículo 20. Presidente/a.
El Presidente/a tendrá las siguientes atribuciones: representar legalmente a la Asociación ante toda clase de organismos públicos o privados; convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva, así como dirigir las deliberaciones de una y otra; ordenar pagos y autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia; adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación aconseje o en el desarrollo de sus actividades resulte necesaria o conveniente, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.
Artículo 21. Vicepresidente/a.
El Vicepresidente/a sustituirá al Presidente en ausencia de éste, motivada por enfermedad o cualquier otra causa, y tendrá sus mismas atribuciones.
Artículo 22. Secretario/a.
El Secretario/a tendrá a cargo la dirección de los trabajos puramente administrativos de la Asociación, expedirá certificaciones, llevará los libros de la Asociación legalmente establecidos y el fichero de asociados, y custodiará la documentación de la entidad, haciendo que se cursen las comunicaciones sobre designación de Juntas Directivas y demás acuerdos sociales inscribibles a los Registros correspondientes, así como el cumplimiento de las obligaciones documentales en los términos que legalmente correspondan.
Artículo 23. Tesorero/a.
El Tesorero/a recaudará y custodiará los fondos pertenecientes a la Asociación si los
hubiese y dará cumplimiento a las órdenes de pago que expida el Presidente/a.
Artículo 24. Vocales.
Los Vocales tendrán las obligaciones propias de su cargo como miembros de la Junta Directiva, y así como las que nazcan de las delegaciones o comisiones de trabajo que la propia Junta les encomiende.
Artículo 25. Régimen de bajas y suplencias.
Los miembros podrán causar baja por renuncia voluntaria comunicada por escrito a la Junta Directiva, o por incumplimiento de las obligaciones que tuvieran encomendadas. Las vacantes que por estos motivos se produzcan serán cubiertas provisionalmente por los demás miembros hasta la elección definitiva por la Asamblea General convocada al efecto.
También podrán causar baja por expiración del mandato. En este caso continuarán ostentando sus cargos hasta el momento en que se produzca la aceptación de los que les sustituyan.
CAPÍTULO V
REGIMEN ECONÓMICO
Artículo 26. Recursos económicos.
Los recursos económicos previstos para el desarrollo de los fines y actividades de la
Asociación serán los siguientes:
a) Las cuotas de socios/as, periódicas o extraordinarias que fijará la primera Asamblea General.
b) Cualquier otro recurso lícito.
Artículo 27. Patrimonio.
La Asociación, al momento de la constitución, carece de patrimonio.
Artículo 28. Duración del ejercicio.
El ejercicio asociativo y económico será anual y su cierre tendrá lugar el 1 de Agosto de cada año.
Artículo 29. Disolución.
CAPITULO VI
DISOLUCIÓN
La Asociación se disolverá voluntariamente cuando así lo acuerde la Asamblea General Extraordinaria, convocada al efecto, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9 de los presentes Estatutos.
Artículo 30. Liquidación y destino del remanente.
En caso de disolución se nombrará una comisión liquidadora. Una vez extinguidas las deudas, el sobrante líquido, en su caso, se destinará para fines que no desvirtúen la naturaleza no lucrativa de la Asociación.
En Madrid a 1 de Octubre de 2022
PRESIDENTE
D. Juan Fuster Peiró.
SECRETARIO
D. Víctor Manuel Moyano Gracia.
VICEPRESIDENTE
D. Miguel Rodríguez Fonta.
TESORERO
D. Pedro Martínez Calvo.
(Puedes descargar la ficha de apoyo a la asociación en pdf AQUÍ).
APOYO LA CREACIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE MECÁNICOS Y ELECTRICISTAS DE AUTOMOCIÓN Y EL DESARROLLO DE SUS FINES RECOGIDOS EN SUS ESTATUTOS
Con la denominación de
“ASOCIACIÓN DE MECÁNICOS Y ELECTRICISTAS DEL SECTOR DE AUTOMOCIÓN”, (AMESA) se constituye esta asociación sin ánimo de lucro al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo y con número de registro REGAGE22e00044906962
Artículo 3. Fines.
La Asociación tiene como fines generales: El reconocimiento de la carrera profesional de los mecánicos y electricistas de automoción. La adaptación en igualdad de condiciones de los mecánicos y electricistas de vehículos a motor en el paso al vehículo eléctrico. La mejora de las condiciones de vida y trabajo como grupo profesional.
Y como fines concretos:
1) Que el paso al vehículo eléctrico no discrimine a ningún compañero de profesión por razones de formación, edad u otras que no tengan que ver con el correcto desempeño de su profesión.
2) Fomentar la acreditación laboral entre quienes no tienen formación académica.
3) Promover que todos los trabajadores de este grupo profesional tengan una formación homologada y unificada sobre los vehículos híbridos y eléctricos.
4) Trabajar para que esta formación se considere parte de la inversión necesaria en el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE_VEC) o posteriores planes que en este sentido sean desarrollados por el Gobierno de España.
5) Promover la igualdad en las condiciones económicas y laborales de todos los profesionales de la reparación de vehículos a motor, sean asalariados o autónomos, y al margen del sector económico donde desempeñen sus funciones, ya sea comercio, transporte, metal, en la empresa pública u otras.
6) Extender y hacer visible la demanda de una jubilación anticipada a los 60 años sin penalización. Sobre la base de pedir un estudio concreto y exhaustivo al INE
(Instituto Nacional de Estadísticas), al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) y a la futura Agencia Estatal de Salud Pública (AESAP) sobre la morbilidad y mortalidad de nuestro grupo profesional y sus subsectores.
7) Coordinar y poner en común las experiencias y las necesidades de la profesión al margen del sector económico en el que trabajen. Como:
· Informar a los mecánicos de las resoluciones que afecten a la salud en nuestra profesión y que pueden ser causa de enfermedades laborales, como las publicadas en el RD 427/2021 del 15 de junio sobre cancerígenos.
· Promover la utilización de los EPIS así como de su actualización a las nuevas realidades.
· La participación activa y reconocida en la formación de nuevos profesionales.
8) Promover y mantener buenas relaciones y compartir experiencias con otros gremios afines a la reparación de vehículos como chapistas, pintores, recambistas o que forman parte del ámbito laboral donde los mecánicos y electricistas de vehículos a motor desarrollamos nuestra labor. Con la ambición de unir esfuerzos ante una realidad común.
9) Tener capacidad representativa y por tanto de negociación ante terceros con el fin de beneficiar a sus asociados y en general a todos los compañeros de profesión.
NOMBRE:
E-MAIL:
TELÉFONO:
SELLO EMPRESA O FIRMA
PROTECCIÓN DE DATOS. En conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos, Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril del 2016, la asociación de mecánicos y electricistas de automoción (AMESA) se compromete al cumplimiento de su obligación de secreto con respecto a los datos de carácter personal y al deber de tratarlos con confidencialidad. A estos efectos, adoptará las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
(Puedes descargar la Memoria de la actividad de AMESA en 2022 AQUÍ)
MEMORIA DE LA ACTIVIDAD AÑO 2022
El 1 de Octubre se firman los estatutos y se envían al Ministerio del Interior para entrar en el fichero de asociaciones sin ánimo de lucro a nivel nacional. En los 3 meses de vida de la Asociación de Mecánicos y Electricistas del Sector de Automoción (AMESA), hemos realizado las siguientes actividades:
· Publicamos la nota de prensa en medios digitales sobre la formación de la asociación.
· Redactamos las demandas inmediatas concentradas en las 4 ideas principales de Inversión, Formación, Salud y Jubilación.
· Entre 18 personas se han distribuido unos 300 folletos con esta información en unos 15 centros de trabajo diferentes de Madrid, Valencia y Barcelona. Y más de 100 descargas en redes sociales.
· Hemos abierto cuentas en Instagram, Telegram, Twitter y Facebook. Aquí se agrupan 60 personas diferentes de 5 provincias –Madrid, Valencia, Barcelona, Mallorca y Málaga- de 21 centros de trabajo.
· Hemos convocado una reunión informativa en un local de Leganés el día 10 de Diciembre. Nos reunimos 12 personas de 8 centros de trabajo y pasamos la ficha de apoyo a los fines de la Asociación que la han firmado en Madrid 45 compañeros.
(Puedes descargar el cartel de convocatoria de la reunión informativa AQUÍ)
· También pedimos al INE (Instituto Nacional de Estadística) un informe sobre la edad, formación y enfermedades laborales de nuestro grupo profesional.
PARA 2023 PROPONEMOS:
· Convocar una asamblea para mes de octubre donde nos reunamos más de 100 personas, que impulse y consolide la asociación AMESA.
· A principios de año tener una página web sencilla. Que aglutine todo el trabajo que estamos haciendo en un escaparate único.
· Iniciar los primeros trámites y tener los primeros contactos para solicitar tanto la titulación homologada en híbridos y eléctricos como para la jubilación sin penalizar a los 60 años.
Un saludo a todos y que el 2023 sea provechoso.
Todas estas actividades las hemos financiado personalmente. Han sido las tasas de la legalización, los folletos y el local para la reunión. Ahora mismo al ser unos costes muy pequeños es menos complicado hacerlo así que ponernos una cuota. Más adelante se irá viendo si es o no necesario.